La investigación analiza los efectos de la reforma introducida por el artículo 6 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que prohíbe el rechazo liminar de demandas en procesos constitucionales como el amparo, cumplimiento, hábeas data y hábeas corpus. El propósito central es evaluar si esta prohibición armoniza con los principios de tutela jurisdiccional efectiva, economía procesal y celeridad, así como con la autonomía judicial reconocida en la Constitución. Se aplicó un diseño descriptivo-explicativo, utilizando el análisis documental de normas, jurisprudencia del Tribunal Constitucional y doctrina especializada. Los resultados muestran que, si bien la reforma busca garantizar el acceso a la justicia, también genera una sobrecarga procesal y dilata procedimientos al obligar a tramitar demandas manifiestamente improcedentes. Se constata que la vía igualmente satisfactoria en el ámbito ordinario constituye un criterio esencial para declarar la improcedencia liminar, conforme al precedente Elgo Ríos, permitiendo optimizar la justicia constitucional. Se concluye que una aplicación rígida del artículo 6 puede afectar la eficiencia del sistema y un real acceso a la justicia, por lo que se propone una interpretación correctiva que restablezca el rechazo liminar.