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Normas para revisores

1. Revisión Preliminar por el editor

Los trabajos de investigación presentados a Chornancap Revista Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque serán evaluados preliminarmente por el equipo técnico de la revista con el objetivo de corroborar que el trabajo de investigación sea prístino y original, seguidamente serán enviados a los revisores.

La evaluación estará respaldada por el uso del Sistema de Software Antiplagios Turnitin. Respecto al criterio de originalidad, se admite un 20% de citas como parte del cuerpo del texto de investigación, así mismo, se comprobará si los artículos se ajustan a las líneas de investigación de la revista o si la misma cumple con la guía para autores. Cabe especificar que en la presente fase “Revisión Preliminar” el equipo técnico de la revista se puede comunicar con el autor (a) con la finalidad de subsanar las observaciones y volver a presentar el artículo en un plazo no mayor a 7 días y al cumplir con los respectivos parámetros establecidos por la Revista será concluida y aprobada la revisión preliminar y se enviará el manuscrito a los revisores.

2. Criterios para la elección de los revisores

  • Los revisores formarán parte de la base de datos de la revista. Asimismo, deben ser especialistas en las líneas de investigación de la revista.
  • Los revisores deberán ser miembros externos al Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque.
  • Las revisiones serán materializadas bajo la modalidad de doble ciego. Los evaluadores externos a la institución NO conocen los datos de los autores al momento de la revisión.
  • La aceptación o desestimación de la evaluación de un artículo por parte del revisor debe ser explícita, la desestimación no tendrá consecuencias negativas para el revisor.
  • Una vez que los revisores valoren un artículo, se les otorgará un certificado que acredite la revisión realizada.

3. Responsabilidad de los revisores

Para la emisión del resultado respecto a la evaluación de los artículos, los revisores deben tener en cuenta necesariamente los siguientes aspectos:

  • Enviar el dictamen de la evaluación en un plazo no mayor de 15 días desde que reciben el artículo.
  • La decisión del revisor es independiente “no depende de los puntos de vista del editor”.
  • Ante la existencia de un conflicto de interés y el mismo fuera identificado por el revisor, la actitud a la misma será abstenerse de realizar el arbitraje y comunicarlo al equipo técnico de la revista. 
  • El revisor puede emitir comentarios dirigidos a los autores y al equipo técnico de la revista.

4. Dictamen de la revisión

Una vez evaluado el artículo, los revisores podrán emitir su dictamen respectivo, bajo las siguientes opciones:

  • Publicable, sin modificaciones: si el artículo no necesita cambios mayores de contenido.
  • Publicable, si se hacen los cambios sugeridos de forma y/o fondo: si el artículo necesita algunas precisiones de forma, como correcciones de citas, modificaciones de estilo u otros ajustes menores sugeridos por el revisor. Asimismo, si el artículo necesita cambios mayores, que impliquen aspectos conceptuales o reelaboración del tema o la estructura. El autor deberá absuelver estas observaciones y enviar el artículo reformulado en un plazo no mayor a 10 días. El revisor evaluará si se absolvieron o no las indicaciones en un plazo no mayor a 7 días.
  • No publicable: si el artículo no tiene posibilidad de publicarse por diversas razones académicas o la investigación no cumple los requisitos de calidad editorial.

Los revisores deberán guardar una conducta acorde con la ética y las política de privacidad de la revista, por lo que no podrán intervenir en la evaluación de los artículos si son miembros integrantes de la investigación; y, sus comentarios serán constructivos y claros en la evaluación.

El Equipo editorial de la revista tendrá la decisión final a la vista de los informes de los evaluadores.