
La igualdad ha sido un tema recurrente en la discusiones políticas y filosóficas dentro de las democracias constitucionales, particularmente cuando se habla de los derechos fundamentales. Si bien, la igualdad es un derecho recurrente en los primeros catálogos de derechos fundamentales, su contenido y efectividad ha cambiado durante el tiempo. El derecho a la igualdad, como un derecho moral, parte de una idea central referida a que todos los seres humanos son similares en sus aptitudes e importancia, por lo que deben tener las mismos derechos y oportunidades. Este derecho moral de amplísimo carácter se ha materializado en el derecho positivo en una diversidad de disposiciones, en las cuales no pocas veces, se establece una serie de criterios prohibidos que sirvan como razones para distinguir entre las personas. Criterios tales como el sexo, raza, etnia, condición económica, creencia religiosa, origen, etc., son generalmente excluidos como razones para distinguir entre individuos o grupos. Dichas prohibiciones de discriminación pueden encontrarse en casi todos los catálogos de derechos fundamentales nacionales, internacionales y supranacionales. Esto ha ocasionado que el estudio de los derechos a la igualdad se centre generalmente en justificar la presencia o analogía de algunos de estos criterios en el caso concreto. No obstante, el derecho a la igualdad es más complejo de lo que se puede pensar desde un primer vistazo.
Mateos Durán, A. D. Palabras del Editor responsable. Chornancap Revista Jurídica, 3(1), 17-18. https://doi.org/10.61542/rjch.153